La renuncia del avalista de sus derechos en un préstamo hipotecario, es cláusula abusiva
- Olga Campoamor
- 10 nov 2014
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El juzgado de lo Mercantil nº 1 de San Sebastián ha estimado la demanda, presentada porunos padres que avalaron a su hija en un préstamo hipotecario, en la que se pedía la declaración como abusiva de la cláusula por la que los fiadores renunciaban a los derechos de orden, excusión, división y al de extinción, derterminados en el artículo 1.851 CC.
El juzgador considera que, con esa renuncia, el consumidor que avala queda en una situación menos favorable de la que sería razonable suponer, atendida la existencia de un deudor principal y un refuerzo de las garantías mediante la hipoteca, y que, si se hubiera negociado de forma leal y equitativa, no es fácil presumir que se hubiesen aceptado dichas renuncias, que colocan al que se cree avalista en idéndita situación que el deudor solidario.
Se llega pues a la conclusión de que dicha cláusula es abusiva, pues supuso una renuncia in justificada de los derechos del consumidor, impuesta por la entidad prestamista, y sin que haya existido una negociación individual.







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