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Derecho de Familia: El ingreso del padre en prisión no suspende la obligación de alimentos

  • Foto del escritor: Olga Campoamor
    Olga Campoamor
  • 16 nov 2014
  • 1 Min. de lectura

EL Tribunal Supremo, Sala Primera de lo CIvil, en su Sentencia de fecha 14 de octubre de 2014, ha sentado Doctrina jurisprudencial en el sentido de que "la obligación de pagar alimentos a los hijos menores no se extingue por el hecho de que ingrese en prisión el progenitor que debe prestarlos, si no se acredita la falta de ingresos o de recursos para poder hacerlos efectivos".


 
 
 

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